En la reunión realizada se aprobó el Programa anual de auditorias presentado por el jefe de control interno, se aprobó el estatuto de auditoria y modificaciones al código de ética del auditor.
Las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la ley 87 de 1993, deberán establecer un comité institucional de coordinación de control interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno. El comité evalúa la estructura del sistema en la entidad y propone cambios, modificaciones, actualizaciones y acciones de fortalecimiento.

