Que, la Ley 1346 de 2009, mediante la cual se aprobó»La Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad,adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas», se estableció en su artículo 1, que al referirse a las personas con discapacidad se incluye: a aquellas personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a mediano y largo plazo que, al interactuar con diversas barreras incluyendo las actitudinales, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás».