2.4. Preguntas y respuestas frecuentes
Esta sigla significa Empresa Promotora de Salud Subsidiada (EPSS), lo que anteriormente se denominaba Administradora del Régimen Subsidiado (ARS).
Es la Institución (Hospital) a la cual debe dirigirse para recibir el servicio de Salud. Institucion Prestadora del Servicio
Servicio de Información y Atención al Usuario. SIAU
Nivel de SISBEN: Las alcaldías elaboran las listas de potenciales afiliados al Régimen Subsidiado, que tengan nivel de SISBEN 1 y 2, y los organizan desde el que tenga menor puntaje siendo este el primero en la lista hasta llegar al que tenga mayor puntaje.
Disponibilidad de Cupos: los subsidios de salud se otorgan de acuerdo a la disponibilidad de cupos, siempre teniendo en cuenta que primero se deben afiliar las personas que cumplan con las siguientes características:
- Que sean recién nacidos.
- Que sean menores desvinculados del conflicto armado, bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- Que sea población del área rural.
- Que sean población indígena.
- Que sean población del área urbana.
Los criterios son establecidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, a través de Acuerdos, en este momento se encuentra vigente el Acuerdo 331 de 2006.
En la población del área rural, indígena y del área urbana se tiene como prioridad las siguientes personas:
1. Mujeres en estado de embarazo o período de lactancia que se inscriban en programas de control prenatal y postnatal.
2. Niños menores de cinco años.
3. Población en condición de desplazamiento forzado.
4. Población con discapacidad identificada mediante la encuesta SISBEN.
5. Mujeres cabeza de familia, según la definición legal.
6. Población de la tercera edad.
7. Núcleos familiares de las madres comunitarias.
8. Desmovilizados.
En el régimen subsidiado existen dos tipos de subsidio: SUBSIDIO TOTAL y SUBSIDIO PARCIAL, de acuerdo al subsidio que Usted tenga se ha definido un Plan Obligatorio de Salud.
Para los afiliados con Subsidio Total, el POS-S (Plan Obligatorio de Salud – Subsidiado) cubre los siguientes servicios:
– Programas de Promoción y Prevención
– Atención de primer nivel en la IPS puerta de entrada que está registrada en su carné de afiliación; estos servicios de primer nivel son: Medicina, exámenes de laboratorio, radiografías y el medicamento formulado por el medico general, Odontología
– Atención hospitalaria de menor complejidad para cirugías u otros servicios
– Los servicios que no cubre la EPS del Régimen Subsidiado deben ser cubiertos por el Ente territorial a través del llamado Subsidio a la Oferta.
Si después de tres (3) años desea trasladarse de EPS-S, debe manifestar su deseo ante la EPS-S que lo ha afiliado, mínimo tres (3) meses antes de cumplir ese tiempo y diligenciar el Formulario único de Traslado, para que se inactive su carné de salud en la entidad de la que se retira y obtenga uno nuevo en la empresa a la que ingresa.
- Si cambia su clasificación en el SISBEN (1 o 2 para subsidio total y 3 para subsidio parcial),
- En caso de cambiar su municipio de residencia,
- Si ingresa al régimen contributivo porque tenga capacidad de pago
- Presenta en su identificación inconsistencias que pueden hacer que Usted salga de la base de datos del régimen subsidiado, su carné queda inactivo.
- Si usted hace FRAUDE es decir, presta su carné de afiliación, altera la información que allí se registra, lo falsifica, etc.
Pone en RIESGO SU AFILIACION AL REGIMEN SUBSIDIADO.
Queda afiliado a partir de su nacimiento, siempre y cuando sus padres:
- Informen la novedad a la EPS-S entregando copia del Certificado de Nacido Vivo.
- Registren al bebé en la Notaria, y soliciten con el registro civil ante las oficinas de la Registraduría el número complementario NUIP.
- Presenten ante la EPS-S antes de cumplir los treinta (30) días de nacido, el Registro Civil respectivo con el NUIP asignado.
De lo contrario el bebé solo será atendido hasta que cumpla los 29 días de nacido, después no recibirá ningún servicio por cuenta de la EPS-S, hasta tanto cumpla con este requisito.
Las personas consideradas población pobre y vulnerable que sean identificadas como tal de acuerdo con la encuesta del SISBEN (sistema de selección de beneficiarios de programas sociales como educación, salud, vivienda, bienestar, recreación) por no tener capacidad de pago para cotizar al régimen contributivo, que no se encuentren afiliadas o sean beneficiarias en otros regímenes.
Estas personas reciben entonces subsidio total o parcial para completar el valor de la Unidad de Pago por Capitación Subsidiada (UPC-S) (Para definición de concepto remitirse al glosario).
La población pobre y vulnerable sin capacidad de pago, quienes reciben subsidio total o parcial conforme los criterios de identificación y orden de prioridades: recién nacidos(as), población rural, indígena, del área urbana, teniendo en cuenta dentro de ellos a las mujeres en estado de embarazo o en periodo de lactancia, niños y niñas menores de cinco años, personas con discapacidad, mujeres cabeza de familia, personas adultas mayores, población en condiciones de desplazamiento forzado, núcleos familiares de madres comunitarias, personas desmovilizadas.
Todas aquellas personas nacionales o extranjeras, residentes en Colombia, vinculadas mediante un contrato laboral, incluidas aquellas personas que presten sus servicios en las sedes diplomáticas y organismos internacionales, las y los servidores públicos, las personas pensionadas por jubilación, vejez, invalidez, sus sobrevivientes o sustitutos, tanto del sector público como del sector privado.
Asimismo, las personas trabajadoras independientes, rentistas, propietarias de las empresas y en general todas las personas naturales residentes en el país, que no tengan vínculo contractual y reglamentario con algún empleador y cuyos ingresos mensuales sean iguales o superiores a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Escogiendo una empresa promotora de salud (EPS) a su libre elección (todas por Ley deben prestar los mismos servicios), avisar al empleador, llenar el formulario de afiliación incluyendo en él las personas que serán beneficiarias, adjuntando los documentos que acrediten esa calidad (registros civiles, declaración extra juicio según sea el caso, fotocopias documentos de identidad). Si es independiente se afilia llenando el formulario y entregando la documentación de las personas beneficiarias.
La EPS aplica la presunción de ingresos y le informa sobre cual valor debe pagar mensualmente los aportes (que corresponden al 12.5% del ingreso base de cotización). No importa el trabajo que hagas, siempre debes estar afiliado a una EPS.
Las citas médicas en nuestra red se solicitan por dos medios: A) Telefónicamente por medio del call-center 5784960 o a la ext. 499 en las cabinas de cada Unidad Básica, B) personalizada en cada IPS de nuestra red.
Consulta Externa: médica y odontológica
Urgencias: medicina General, observación, sala de reanimación, sala de procedimientos y sala de micronebulizaciones.
Hospitalización
Atención de Partos de baja complejidad.
Apoyo terapéutico y complementación diagnostica: Laboratorio clínico, transporte asistencial básico en ambulancia, terapia respiratoria, radiología, ecografía.
Programas de promoción y prevención: control de crecimiento y desarrollo a menores de 9 años, atención al joven de 10 a 29 años, servicios amigables), Atención al adulto mayor (45-50-55-60-65…), Control prenatal o embarazo, planificación familiar, citología, agudeza visual, vacunación, curso psicoprofiláctico y vigilancia epidemiológica.