ELECCIÒN DEL REPRESENTANTE DE LOS USUARIOS ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO IMSALUD

Dando cumplimiento al artículo 70 de la ley 1438 de 2011, la Red Prestadora de Servicios de Salud de la ESE IMSALUD a través de la Oficina del SIAU Sistema de Información y atención al Usuario, viene socializando a los integrantes de las diferentes asociaciones de usuarios existentes en la ciudad de Cúcuta, la importancia de estas como medio de concertación y de veeduría de la gestión en la prestación de los servicios de salud de primer nivel de complejidad.

“La Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado de nivel territorial de primer nivel de complejidad, tendrán dentro de sus integrantes un representante de los usuarios, designado por las alianzas o asociaciones de usuarios legalmente establecidas, mediante convocatoria realizada por parte de la dirección departamental, distrital o municipal de salud, que según la norma tendrá un periodo de dos (2) años y no podrán ser reelegidos para periodos consecutivos, ni podrán ser parte de las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado en más de dos ocasiones. es por esto que se ha hecho llegar a las asociaciones de usuarios el oficio 275 del 29 de Septiembre dándoles los parámetros para la elección del representante según lo establecido en el artículo 70 de la ley 1438 de 2011, el cual tiene como fecha límite de inscripción el 16 de Octubre del año en curso” expreso el Doctor Oscar Mario Palacio Jefe del SIAU de la ESE IMSALUD.

ELECCION_REPRESENTANTE_DE_LOS_USUARIOS.pdf

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